5 de enero de 2010

PROHIBIDO FUMAR

La conocida como “Ley antitabaco”, en rigor, la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, entró en vigor el 1 de enero de 2006.
Por medio de dicha Ley se comenzó a prohibir el consumo de tabaco en lugares públicos tales como restaurantes, cafeterías, oficinas, etc. No obstante, dicha ley es bastante permisiva, aunque parezca lo contrario, visto lo visto en el resto de Europa.

Todavía falta mucho para que España se ponga a la altura de otros países como Inglaterra, Alemania o Italia, entre otros, donde está prohibido fumar en la totalidad de espacios públicos, incluidas terrazas de bares y discotecas (algo difícil de ver en España).

El artículo 1 de la Ley establece el objeto de la misma en los siguientes términos:
“Esta Ley tiene por objeto:
a.Establecer, con carácter básico, las limitaciones, siempre que se trate de operaciones al por menor, en la venta, suministro y consumo de los productos del tabaco, así como regular la publicidad, la promoción y el patrocinio de dichos productos, para proteger la salud de la población.
b.Promover los mecanismos necesarios para la prevención y control del tabaquismo."

En los siguientes artículos se limita a enumerar espacios donde queda prohibida la venta de productos y donde se permite para, a continuación, recoger los espacios donde queda prohibido totalmente fumar y posteriormente, espacios donde se permite cumpliendo una serie de requisitos.
Dichos requisitos serán establecidos por las Comunidades Autónomas respectivas, que tienen la competencia para desarrollar la Ley Antitabaco en sus territorios.

Para el 2010 el actual Gobierno ha propuesto endurecer las medidas antitabaco hasta el punto de prohibir en todos los locales de hostelería el consumo de tabaco. Los comerciantes se quejan de las pérdidas que esto puede suponer, ya que temen la pérdida de clientes. No obstante, según estudios, en España fuma alrededor del 30-35% de personas. Por lo cual, dichos comerciantes deberían buscar nuevos clientes en un potencial mercado de no fumadores que se estima es el 65- 70% de la población.

También los fumadores deberán acostumbrarse a no fumar en dichos establecimientos, ya que, opinión personal, parece que si no puedes fumar en un bar siendo fumador, ya tienes vedada la entrada.
Pincha aquí para ver el texto de la Ley.

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