31 de marzo de 2010

LA INFLUENCIA DE LAS SERIES DE TELEVISIÓN EN LOS JÓVENES (I)

Hace un año, en la Facultad, tuve que hacer un trabajo sobre “la condición social y jurídica de los jóvenes”. Por aquél entonces se me ocurrió hacerlo sobre la influencia de las series de televisión. Hoy, un año más tarde, y debido a la falta de tiempo, voy a tratar una temática más social que jurídica y publicaré en un par de entradas o tres un resumen de dicho trabajo, para compartirlo con vosotros y, en la medida de lo posible, generar un debate que puede ser interesante.

La historia comienza así...

Chatear con un amigo de Australia en tiempo real a través de la Webcam, jugar en la Red a través de la televisión o transferir archivos por Bluetooth. Lo que hace apenas 20 años era ciencia ficción, propio de las películas de James Bond, hoy es una realidad palpable. El avance tecnológico alcanza a todos los ámbitos de la vida y las pantallas se multiplican, sin embargo, la televisión sigue siendo uno de los principales canales por el que los más jóvenes se relacionan con el mundo. Y es ahí donde toman sus modelos de conducta. En estas entradas pretendemos analizar la influencia de la “reina del salón”, en concreto de las series, en los adolescentes y jóvenes; los valores que éstas trasmiten y cómo sus efectos han evolucionado junto con el cambio de la sociedad y con la multiplicación de los canales y las pantallas.

Podríamos decir que los tres pilares de la educación de un menor son: los padres, la escuela y los medios de comunicación. Éste debería ser el orden adecuado de socialización, sin embargo, en ocasiones los padres no tienen el tiempo suficiente para estar con sus hijos y controlar el tiempo de exposición a los medios de comunicación. En estos casos, los niños pasan muchas horas delante de la televisión y ésta se convierte en su principal ventana al mundo. No obstante, lo que hay tras esa ventana no es generalmente adecuado y, permitiéndose la expresión, cada vez lo es menos.

En un estudio presentado en el contexto español (Libro Blanco: La educación en el entorno audiovisual, 2003) elaborado por el Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC) se recoge que los niños y los jóvenes pasan más horas viendo la televisión que en clase.
Y es que, no podemos negar la influencia que una serie de televisión puede llegar a ejercer en personas con edad comprendida entre 13 o 14 años hasta los 20 aproximadamente.

Hoy día, en pleno siglo XXI, la parrilla de televisión emite numerosas series en horario infantil o a primera hora de la noche, que reflejan un modelo de comportamiento social que luego los jóvenes toman para sí y practican durante su vida cotidiana. Drogas, sexo, fiestas, independencia precoz y excesiva, en definitiva: una carencia total de valores que empiezan a estar a la orden del día, no ya en la pantalla, sino en la sociedad misma.

En la pasada década de los 90's, empezaron a emitirse varias series de televisión en Estados Unidos. El público objetivo de algunas de estas series no era otro que los jóvenes y adolescentes americanos. Estas series reflejaban la realidad cotidiana de aquellos jóvenes y los problemas que a éstos les preocupaban con multitud de argumentos y tramas para todos los gustos. Solían estar ambientadas en un “Instituto” o “Colegio” el cual era el centro de la vida social de los protagonistas. De este modo, resultaba un medio más fácil para poder llegar al público adolescente americano medio y así, obtenía altísimas cuotas de audiencia que, más adelante, servirían a estas series para cruzar el charco e instalarse en Europa durante varios años.

“Sensación de vivir”, “Salvados por la Campana” o “California Dreams” fueron, a finales de los años 80 y principios de los 90, series que marcaron una época en la televisión. El impacto social de dicho formato fue enorme, dado que la televisión, dejó de ser un elemento de lujo para convertirse en un avance tecnológico al alcance de todos.

Los valores sociales que estas series transmitían en sus inicios eran el compañerismo, la amistad, la familia y el amor, entre otros. Valores todos ellos que conferían una moral y una ética cuanto menos plausible, digna y meta de muchos jóvenes en aquella época. Eran valores por los que luchar y por los que vivir y valores que defender.

Sin ir más lejos, la cadena de televisión Telecinco, el año pasado (no sé si a día de hoy también) emitía episodios de “Sensación de Vivir” los fines de semana por la mañana. En uno de ellos, que tuve la ocasión de ver, la trama y el desarrollo del capítulo giraba entorno a la preocupación de “Brandon” (personaje interpretado por Jason Priestley) por obtener una calificación baja en la asignatura de Historia. Brandon no paraba de repetir una y otra vez que le encantaba la Historia y que no entendía cómo había podido sacar un “5” si él era un estudiante, al menos en esa asignatura, brillante. Durante el capítulo se pelea constantemente con una amiga de clase que intenta ayudarle a estudiar Historia para su próximo examen.

La serie española emitida por Antena 3 los lunes por la noche, “Física o química”, (la cual abordaremos en la próxima entrada) es a “Sensación de Vivir” lo que el día a la noche. Traigo a colación dicha serie simplemente para demostrar las grandes diferencias que en apenas quince años se han abierto respecto a los valores que éstas representan. En un capítulo de la serie española emitido el día 11 de febrero de 2008 (capítulo titulado “Sólo es sexo” y cuya votación en Internet es de 8'91) la trama no era la preocupación de un estudiante por sacar un “5” en una asignatura.

En la sinopsis de ese capítulo podemos leer cómo una clase de Literatura sobre “La Celestina” se convierte en un debate de sexo entre alumnos (que tienen de 15 a 16 años en la serie) y profesora. Por otro lado, observamos cómo los alumnos del instituto de dicha edad se afanan por organizar una fiesta “petting”en casa de uno de ellos y que los profesores sólo sospechan que es de alto contenido sexual.

Con la explicación de este capítulo de la serie americana y la posterior sinopsis del capítulo de “Física o Química” quiero remarcar las diferencias de este tipo de series en sus inicios (años 90) con las series que actualmente se emiten en televisión para este tipo de público.

En la próxima entrada hablaré de otras series españolas, los valores que tratan de representar y daré una última opinión sobre el tema.

Practica tu Derecho

19 de marzo de 2010

LA INTIMIDAD


Es derecho fundamental de toda persona “el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.” Así lo recoge el artículo 18 de la Constitución española de 1978 dentro del Título I Capítulo II Sección I “De los derechos fundamentales y de las libertades públicas”.

En la sociedad del s. XXI, este derecho se vulnera a diario y se nos olvida la importancia de analizar, aunque sólo sea por un instante, el significado de la palabra “intimidad”. Significado que, con el avance de las tecnologías de la información y las “prisas” de la vida, se está devaluando y ya, prácticamente, ni importa.

La intimidad es la parte en la vida de una persona que no debe ser observada desde el exterior. Afecta única y exclusivamente a la persona física en sí. Ha de incluirse en este “ámbito privado” cualquier información relativa a datos personales, relaciones, salud, correo, comunicaciones electrónicas privadas, etc.
 
Es un DERECHO de exclusión por parte de uno a que ninguna otra persona conozca aquéllos campos incluidos en esta intimidad antes expresados y sobre el comportamiento en ellos. Para el resto, es una OBLIGACIÓN el deber de respetar este derecho de cada uno.

Este derecho ha de reflejarse como una “barrera” que defiende la autonomía privada de cada individuo frente al resto y frente a posibles injerencias.

En una sociedad donde todos estamos perdiendo los valores, aún sin darnos cuenta, hemos de hacer el mayor esfuerzo por recuperar uno de los capilares más importantes de las relaciones. El respeto a los demás es la base de una buena sociedad y de un buen comportamiento.

7 de marzo de 2010

EL CONTRATO EN PRÁCTICAS

¿Acabas de terminar la carrera o te queda poco? ¿estás pensando en hacer prácticas en algún tipo de empresa? Esto te interesa...

Los contratos formativos son de dos tipos: en prácticas y para la formación. La regulación legal de este tipo de contratos se encuentra, como no podía ser de otra manera, en el Estatuto de los Trabajadores.

“Hacer prácticas” supone desempeñar un trabajo “retribuido” (no siempre), que facilita al trabajador una práctica profesional adecuada a los niveles de estudios para los que ha sido formado durante su etapa universitaria, por norma general. Y digo general, porque no sólo hace falta estar diplomado o licenciado por la Universidad, también se puede acceder a este tipo de empleos mediante un título de formación profesional específico u otro tipo de títulos oficiales que habiliten.

Un requisito esencial para acceder a este tipo de contratos es que no deben haber transcurrido más de 4 años (6 para los minusválidos) desde la finalización de los estudios para poder desempeñarlos. Los trabajadores que hayan estudiado en el extranjero, el cómputo de los cuatro años comienza desde la fecha en que su título queda homologado en España.

La duración de un contrato en prácticas no debe ser inferior a seis meses ni superior a dos años y se tendrá en cuenta, a estos efectos, las ocasiones en las que el trabajador ha sido contratado en prácticas en otras empresas.

Con la realización de este tipo de prácticas profesionales se consigue una sólida formación que será de gran utilidad, en la mayoría de los casos, para el futuro del trabajador.
Evidentemente, hay de todo. Seguramente alguien que esté leyendo y esté de prácticas pensará que todo esto suena demasiado bien y que, en su caso, nada se cumple. Son muchos los que hacen prácticas sin cobrar y, teniendo una edad, todavía tienen que vivir en su casa, con sus padres. Pero aquí entraríamos ya en otro debate, probablemente sobre la economía y la sociedad en general en la que estamos viviendo a principios del s.XXI.
Cuéntanos tus experiencias en la dirección de correo: practicatuderecho@gmail.com o consúltanos tus dudas.

Practica tu Derecho