27 de abril de 2010

LA NUEVA LEY PROCESAL ESPAÑOLA


La semana próxima, la actual Ley que en nuestro país regula los procesos civiles desde hace 10 años, dirá adiós. La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil ha sido modificada por tres reformas, la última de las cuales entrará en vigor la semana próxima:

1. La Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la LEC para la implantación de la Oficina judicial;

2. La Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre y

3. La Ley 19/2009, de 23 de noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler, que modifica en aspectos importantes toda la temática referida al juicio de desahucio.

Por un lado, la base de la nueva regulación será la atribución de mayores competencias a los Secretarios Judiciales. Éstos empezarán a desempeñar algunas labores que antes correspondían a los Jueces. Con ello se trata de agilizar la justicia en nuestro país, quitando cierto tipo de trabajos que tenían que llevar a cabo los jueces para que, de este modo, puedan centrarse en su labor jurisdiccional más importante: dictar sentencias, entre otras funciones relevantes.

Por otro, se da una nueva regulación del desahucio por falta de pago (cuando te echan de un piso o de un local de negocio por no pagar las rentas pactadas en el contrato de arrendamiento).

Otros apuntes son la modificación de la cuantía del juicio verbal (antes, hasta 3.000€, ahora 6.000€) y el proceso monitorio, el más rápido de los procesos judiciales, basado en la reclamación de cantidad de acreedores a deudores. Hasta la reforma el proceso monitorio se podía interponer para reclamar una cantidad de hasta 30.000€ y tras ésta se aumenta hasta 250.000€.

Son muchos los que están a favor de la reforma y piensan que verdaderamente se agilizará la justicia y también son muchos los que opinan lo contrario.
Durante el mes de mayo trataremos de explicar a fondo las principales reformas que hoy simplemente hemos mencionado, explicaremos en qué consiste cada una de ellas y veremos los diferentes puntos de vista de los expertos en la materia.

Practica tu Derecho

19 de abril de 2010

LA SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA

George Steinbrenner, propietario del equipo de béisbol ‘Yankees’ de Nueva York dijo: ”Te dedicas toda la vida a los negocios para poder permitirte comprar un equipo de béisbol y cuando al fin lo logras, ignoras todo lo que aprendiste en los negocios que te permitieron comprarlo”.

Dicha frase refleja a la perfección el caos en el que vive sumido el mundo del deporte en general. Caos económico, me refiero. Merece especial atención, en este sentido, el mundo del fútbol.

Hace décadas, el mundo del fútbol comenzó a generar una expectación social y económica que le desbordó. Para intentar mejorar la situación de los clubes deportivos, en España se promulgó la Ley 10/1995, de 15 de octubre, del Deporte que fue desarrollada posteriormente, en 1999, mediante un Real Decreto.

Dicha Ley creaba un nuevo modelo de club deportivo: la S.A.D. Tienen la "obligación" de convertirse en SAD todas aquellas sociedades que participen en las competiciones que la Ley 10/1990 considera como profesionales, concretamente 1ª y 2ª división de fútbol y la ACB de baloncesto.

Actualmente, en España, todos los clubes de fútbol han adoptado este modelo, excepto Barcelona, Madrid, Osasuna y Athletic.

El principal problema que generó este tipo de modelo societario “especial” es la concurrencia de objetivos heterogéneos en una misma empresa. Para visualizar esto mejor, señalar que la legislación inglesa recoge cuáles son los fines de un equipo de fútbol. De este modo, una parte de los accionistas de un equipo buscará el beneficio puramente económico “profit” y, otros, buscarán los éxitos deportivos “glory”.

En Argentina o Portugal ambas metas se distribuyen en dos tipos de entidades que gestionarán conjuntamente los equipos.

Así pues, en ciertas ocasiones resulta difícil aunar estos objetivos y llevarlos a buen puerto. El objetivo “frustrado” de crear la SAD no fue otro que sanear las cuentas de los equipos de fútbol, endeudados históricamente frente a la Hacienda y la Seguridad Social.

Este tipo de sociedades son prácticamente iguales que las sociedades anónimas pero con algunas especialidades de carácter contable y financiero. Por poner un ejemplo (y no entrar a valorar todas), el artículo 24 del Real Decreto establece el derecho de tanteo y retracto, en el caso de la venta de las instalaciones deportivas de un equipo de fútbol “al Ayuntamiento del lugar donde radiquen las instalaciones, o en caso de no ejercitarlo éste a la Comunidad Autónoma respectiva, y subsidiariamente al Consejo Superior de Deportes”. Es decir, el derecho de estas entidades a adquirir de forma preferente a cualquier otra persona física o jurídica dichas instalaciones, bajo determinados requisitos o condiciones.

¿Encontráis algún modo de poner cierto orden económico dentro del mundo del deporte en general y el fútbol en particular?

Deja tu comentario en la web o en practicatuderecho@gmail.com

5 de abril de 2010

LA INFLUENCIA DE LAS SERIES DE TELEVISIÓN EN LOS JÓVENES (II)


Lo primero que hay que tener en cuenta es que las series españolas de la última década no son una aguja en un pajar. Es decir, por poner un ejemplo, “Física o Química” fue vista el 8 de diciembre de 2008 por nada menos que de 3.916.000 personas (22'1% share de audiencia), un dato sin duda, relevante.

Una serie de televisión que ven tantas personas ejerce influencia por menos que uno no quiera. Además, este tipo de programas televisivos lo ven entorno a un 90% jóvenes de entre 13 y 20 años.

¿Qué capacidad de discernimiento tiene un niño de 13 años? ¿Debe ver una serie de estas características?

La mejor forma de responder estas dos preguntas la obtenemos al salir a la calle, es decir, viendo el comportamiento de los jóvenes en la sociedad con esas edades.

“La Revista del Plan sobre Drogas para Asturias”, en su número 6 de enero de 2008, recoge un estudio en el cual analiza a qué edades los jóvenes empiezan a consumir drogas. En él se puede observar con detenimiento que 8 de cada 10 asturianos entre 14 y 18 años han probado el alcohol (un 80%) y el tabaco casi un 45%. En cuanto a drogas ilegales, el cannabis lo ha probado un 34'5% de los jóvenes de esa Comunidad y la cocaína un 7%.

Recordar que en este estudio se recogen más que jóvenes, adolescentes de 14 años, recién salidos de la infancia.

Un estudio de la empresa “Tampax” y , que se puede leer en esta noticia del periódico “20minutos”, recoge las diferencias generacionales entre madres e hijas. De él se desprende que la media de edad en la que las jóvenes pierden la virginidad es de 17 años, frente a la edad en la cual sus madres la perdían: 22. No obstante, esto es una media. Evidentemente existen adolescentes que pierden la virginidad mucho antes, a los 14 e incluso a los 13 años. Véase el ejemplo de la niña británica, Chantelle, que tuvo un niño con 13 años con su novio, Alfie, quién resultó no ser luego el padre por un problema de infidelidad.
Todos estos datos, encuestas o estadísticas se traen a colación por el sencillo motivo de que lo que reflejaban las series de televisión para adolescentes el año 2009 son consecuencia de una demanda de la sociedad que comprende estas edades, pero a su vez son causa porque esos desvalores los toma para sí el niño o la niña de 13 años que ve la serie entre otros muchos factores que pueden influir en sus valores, como lo son evidentemente la educación de los padres o la escuela.

En conclusión, que a lo largo de las últimas décadas del siglo pasado toda la sociedad en general se quejaba del papel de la juventud (y se sigue haciendo) no es nuevo. En los años 60 el movimiento hippie era visto para muchos como un movimiento dañino y poco prolífero. En los años 80 era “La Movida” y ahora en pleno siglo XXI “la generación arroba” o “generación X”. La sociedad siempre se ha “quejado” de la juventud. Pero, no obstante, al igual que los avances tecnológicos han sido innumerables en los últimos años y, lo que es más impactante, cada vez más rápidos, la sociedad parece que sigue un guión parecido. Cada vez los jóvenes avanzan más rápido e, incluyéndome, lo queremos todo ahora. Además, esto, como todo, tiene su cara y su cruz. La cara es el afán por conseguir más, avanzar más lejos que lo que antes se podía. La cruz es muy variada, pero uno de los factores que influyen en ella es el descrédito que cada día la televisión se gana a pulso, dentro de ella, las series de televisión y dentro de éstas, las destinadas al público adolescente.

El fracaso escolar es cada vez mayor. No se consigue redactar y poner en práctica una Ley de Educación en España que dure más de 8 años, que sea constante en el tiempo y de una calidad suficiente para un país que está a la cabeza mundial. Los jóvenes ya no estudian carreras, estudian Módulos (con suerte) porque algunos dejan los estudios en 2º de Bachillerato y trabajan de cualquier cosa. Otros dejan la escuela en 4º de la E.S.O. Muchos de estos jóvenes ven este tipo de series de televisión, otros no.

Pero sin duda salen de fiesta cada fin de semana, beben hasta casi rozar el coma etílico, son infieles con sus parejas y consumen drogas ilegales. Drogas, cuya compra-venta es castigada por el Código Penal para los mayores de 18 años y objeto de castigo también para los menores, mediante la Ley Penal del Menor. ¿Qué medidas hay que tomar? ¿Por qué muchos jóvenes no saben el significado de la palabra “deber” u “obligación”? Hoy día todo son derechos.
Son muchos los interrogantes y muchas las respuestas posibles. Las series de televisión dirigidas a adolescentes no lo son todo. Pero son un pequeño grano de arena que aportan ciertos valores o desvalores a los jóvenes y que grano tras grano, puede ir formando un desierto si se junta con los otros factores. Un desierto donde no haya agua. Sin ideas, sin valores.

Para finalizar, un vídeo del grupo argentino Les Luthiers titulado “Los jóvenes de hoy en día”, que recoge en esencia la información dada y una idea genérica que se tiene de los jóvenes en la sociedad actual, siendo además estas últimas dos entradas, un excursus reflexivo sobre la falta de valores que las series de televisión propagan al público joven.