19 de abril de 2011

UNA COSTUMBRE DIVINA

Las primeras letras que aparecen en el Código Civil, es decir, su artículo 1.1., exponen que: “Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho.”

Quien más o quien menos, ha oído hablar de leyes. Basta ver un telediario para escuchar la palabra Ley. Las hay de todos los tipos y de todas las materias que se pueda uno imaginar. Pero, bien leído ese artículo 1 CC, muchos se preguntarán: ¿Qué es la costumbre? ¿Fuente de Derecho? En determinados casos, así es.

Como no podía ser de otra manera en el mundo del Derecho, existen multitud de definiciones acerca de qué es la costumbre. Una aceptable definición sería el “uso implantado en una comunidad y considerado por ella como jurídicamente obligatoria”.

Pero, estrictamente, la primera definición de la R.A.E. acerca de la misma es tratada desde su ámbito jurídico y la define como: “Del lat. *cosuetumen, por consuetūdo, -ĭnis).

1. f. Hábito, modo habitual de obrar o proceder establecido por tradición o por la repetición de los mismos actos y que puede llegar a adquirir fuerza de precepto."

Es decir, fuerza de Ley.

La costumbre, independientemente de su valor autónomo, tiene mucha importancia como antecedente histórico de la Ley. Pues, desde los orígenes, una costumbre adoptada por los ciudadanos de forma constante, se terminaba trasladando al papel y traduciendo en Ley.

Los requisitos que ha de reunir una “costumbre” para ser fuente del derecho son:

- Uso general, es decir, observado por la generalidad de las personas y

- Convicción común de que es práctica obligatoria. Los simples usos sociales, carentes de relieve jurídico por la opinión generalizada, no pueden considerarse costumbres en el sentido de fuente del derecho.

Esos requisitos se reúnen hoy en día en la llamada “liberación del preso”. Me explico.

En la Semana Santa de Málaga existe una costumbre desde tiempos de Carlos III y, vigente hoy en día en pleno s. XXI, de liberar a un preso. Todos los Miércoles Santo, la cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno del “El Rico” libera a un preso durante la procesión. Un preso que ha de cumplir una serie de requisitos como haber cometido un delito menor y tener buen comportamiento, entre otros.

El origen de esta costumbre fue una epidemia que diezmó la población malacitana. El miedo y la muerte llegaron a apoderarse hasta tal grado de los ciudadanos que las autoridades civiles prohibieron que los malagueños se pudiesen reunir en lugares públicos por el temor a que se extendíese aún más la enfermedad.

Esta normativa afectaba también a las iglesias y coincidió el mal con la Semana Santa, por lo que las imágenes no podrían procesionar aquel año.

En aquella época la cárcel y la casa consistorial estaban en la actual Plaza de la Constitución, (antigua plaza de las cuatro calles). Al enterarse los presos que Ntro. Padre Jesús "El Rico" no saldría en procesión por las calles de Málaga, debido a la epidemia, solicitaron al alcalde permiso para sacar el trono, comprometiéndose a regresar al centro penitenciario cuando terminase la procesión. Ante la respuesta negativa, los presos se amotinaron el día en el que la imagen del Nazareno tenía que salir a la calle.

Consiguieron burlar todas las medidas de seguridad, se dirigieron al Convento de San Francisco, donde se veneraba a Ntro. Padre Jesús "El Rico", lo bajaron del camarín e hicieron el recorrido procesional con un orden riguroso y en el más estricto silencio.

Todo el pueblo quedó sorprendido del acto y de la actitud de aquellos hombres que tuvieron el gesto, tras la recogida de la procesión, de volver a la prisión dónde cumplían condena por sus delitos, sin faltar ni uno solo de ellos.

Tras ser el Rey informado de este acontecimiento, una pragmática le dió a la cofradía de Nuestro Padre Jesús Titulado "El Rico", el privilegio de que cada Semana Santa a partir de entonces liberaría a un penado durante su estación penitencial.

Hoy en día, este hecho acontecido en aquél entonces, se ha convertido en nuestro ordenamiento en una costumbre trasladada a la norma jurídica. Su Majestad el Rey Don Juan Carlos I, renovó en 1.976, el privilegio de la Liberación de un preso cada Miércoles Santo.

En el transcurso de la procesión, el Nazareno dará la bendición, continuando hasta su templo con el liberado delante del trono.

Practica tu Derecho.


1 de abril de 2011

AGRADECIMIENTOS (BIS)

Pasado el huracán del Concurso de Derecho en Red a mejor blog y post jurídico de 2010, toca reflexión.

En primer lugar, dar la enhorabuena a los organizadores. Por iniciativas como ésta que nos acercan a todos y que debería haber más a menudo en la Red. En segundo lugar a los participantes y a los ganadores. Por ellos, por la emoción de las votaciones, por la calidad de los blogs y de los escritos durante el pasado año, por acercar el Derecho y el mundo que le rodea a todos los mortales. A los que nos apasiona la ciencia social jurídica y a los que están por descubrirla.

Ha sido un mes de marzo apasionante y he de destacar el mayor premio que hemos recibido todos los afortunados finalistas: La publicidad. El llegar, gracias a este Concurso, a más y más gente. A gente que, antes, no sabía de la existencia de nuestros blogs y que, gracias a la difusión de este portal de Internet, ya nos conocen.

En lo personal, me siento ganador.
Cuando comencé a escribir este Blog, jamás me pude imaginar que los impulsos de mi mente y mis manos fueran a llegar tan lejos escribiendo sobre esta ciencia. Gracias por la posibilidad, gracias por la iniciativa y gracias por valorar a lo que cada uno, desde su rincón, le pone tanto empeño, esfuerzo, dedicación y horas.

Gracias a los que han hecho posible, una vez más y no me cansaré, la existencia de este Blog. Sobre todo a Pedro Marfil y Alejandro Bosque. Gracias a todos los que tienen un Blog dedicado al mundo del Derecho. Ése que es eterno. A las leyes, los abogados, los jueces, a todos.

Ahora continuaré haciendo algo que, desde pequeño, deseé. Escribir.

Practica tu Derecho