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22 de noviembre de 2013

¿SON LAS SENTENCIAS EJEMPLARES?


Condenado a leer un libro. Condenado a limpiar un grafiti, a dibujar un cómic, o a ir a clase.


Cuando iniciamos el blog en 2009, una de las primeras entradas la dedicamos al ya célebre Juez, D. Emilio Calatayud. Allí hablábamos sobre los menores de edad, y por aquel entonces, ya nos chocaba que a este Magistrado se le conocía por sus sentencias “ejemplares” y dejábamos una pregunta abierta –y no exenta de debate-: ¿Son nuestras Sentencias ejemplares Pues, la respuesta ya os la digo yo: Sí, lo son (aunque, a veces, parezca lo contrario).

Los que estéis acostumbrados a conocer el mundo del Derecho o la Justicia a través de la televisión, radio o internet, os echaréis las manos a la cabeza e incrédulos. Pero es la verdad. Una vez más los medios de comunicación (intentaré dejar de meterme con ellos) ponen énfasis en lo “menos bueno”, pero es normal si tenemos en cuenta lo que venden y pretenden: morbo y dinero.

El Juez de turno lo único que hace es aplicar las normas. Las normas que hace el legislador (los políticos). Lejos de estar de acuerdo o no, su cometido debe ser objetivo. La ecuación luego, es sencilla. Hechos + Norma = Resultado (el fallo). No podemos entrar en el debate de lo justo o lo injusto, porque no acabamos.

Sí que es cierto que últimamente la Sociedad está harta del sistema político y judicial (¡qué novedad!) y con razón. Como las desgracias nunca vienen solas últimamente hemos asistido al esperpento de los trajes (Gurtel), Madrid Arena, Caso Noos, y qué decir de la famosa “Sentencia del Prestige”: sin culpables.

En relación a esta última, es un claro ejemplo de la existencia de algunas Sentencias pululando por ahí que son poco ejemplares, o más bien escandalosas. ¿Qué ejemplo damos a la Sociedad si, ante una catástrofe como el “Prestige”, después de años de procedimiento judicial, el resultado es una derrota para la sociedad en el tiempo de descuento? ¿Cómo puede ser que no haya responsables directos, indirectos, solidarios, subsidiarios, personas físicas, jurídicas, o administraciones? ¿Quién paga semejante negligencia? Nadie.

Y, efectivamente, ello ejemplo no es.

Quizás el problema venga de arriba. De la clase política. Y sin quizás también. Hay muchísimas normas en nuestro país desfasadas y contradictorias entre sí. Las leyes deben ser dictadas y actualizadas a su tiempo. Deben ser normas adecuadas para la realidad social. Pero claro, aquí deben meter mano ellos, los políticos. Los jueces sólo podrán aplicar e interpretar las normas y nosotros, los ciudadanos, acatarlas. No queda otra.

No hemos comentado la famosa Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre la doctrina “Parot”, pero eso será arroz para otro domingo.

Para finalizar este vómito enrabietado os dejo con un punto dulce y esperanzador. Este video (hay muchos más) del Juez de Menores más famoso de nuestra geografía.


Practica tu Derecho.

1 de diciembre de 2010

DECÁLOGO PARA FORMAR UN DELINCUENTE

En alguna que otra ocasión he mencionado al Juez de Menores de Granada, D. Emilio Calatayud. En concreto, el 26 de octubre de 2009, publiqué en la web una entrada titulada "Los menores de edad", la cual tuvo diez comentarios que, por desgracia, fueron borrados.

Así que hoy os animo a que hablemos sobre los menores, queriendo crear un enriquecedor debate: ¿Han perdido el respeto por los demás? ¿Por qué no van muchos de ellos al colegio? ¿Por qué no le tienen respeto a los profesores? ¿Por qué se inician antes a las drogas? ¿Por qué hay niñas embarazadas y sin estudio entre los 13 y 16 años? ¿Es culpa de los padres? ¿Del sistema educativo? ¿Tienen inquietudes? ¿Qué creéis que harán la mayoría sin estudios el día de mañana?

Aquí os dejo con el ya famoso decálogo para formar un delincuente que, en numerosas charlas y conferencias D. Emilio ha leído, creyendo conveniente realizar una posterior reflexión.

DECÁLOGO PARA FORMAR UN DELINCUENTE:
1-Desde su más tierna infancia, dé a su hijo todo lo que le pida. Así crecerá convencido de que el mundo le pertenece.
2-No se preocupe por su educación ética o espiritual. Espere a que alcance la mayoría de edad para que pueda decidir libremente.
3-Cuando diga palabrotas, celébrelo con unas sonoras risotadas. Esto le animará a hacer cosas todavía más graciosas.
4-Nunca le regañe ni le diga que ha obrado mal. No le reprima. Podría crearle un complejo de culpabilidad.
5-Recoja todo lo que deje tirado por ahí. Así se acostumbrará a cargar las responsabilidades sobre los demás.
6-Déjele ver y leer todo lo que caiga en sus manos. Esfuércese para que los platos, cubiertos y vasos que utiliza su hijo estén esterilizados, per no se preocupe porque su mente se llene de basura.
7-Riña a menudo con su cónyuge en presencia del niño. De esta forma, conseguirá que no le afecte demasiado una ruptura familiar, quizá provocada por su propia conducta.
8-Sea generoso. Que su chico tenga siempre todo el dinero que pida. No vaya a sospechar que para conseguirlo es necesario trabajar.
9-Satisfaga todos sus deseos, apetitos y placeres. El sacrificio y la austeridad podrían producirle graves frustraciones.
10-Póngase de su parte en cualquier conflicto que tenga el chaval con sus profesores y con sus vecinos. Piense que todos ellos tienen prejuicios contra su hijo y que quieren fastidiarle.

Practica tu Derecho

26 de octubre de 2009

LOS MENORES DE EDAD


Escuchar a Emilio Calatayud es siempre gratificante. Nacido en Ciudad Real, este castellano-manchego es conocido en nuestro país, España, por sus sentencias ejemplares. Es curioso, permítase la puntualización, que se conozca a este juez por sus sentencias EJEMPLARES. ¿Es que las sentencias hoy en día no son ejemplares? ¿Qué requisitos debe reunir una sentencia ejemplar? En fin, eso lo dejaremos para otro día.

Este campechano Juez de Menores de la ciudad de Granada se ha ganado el aplauso de diferentes generaciones a las que les une una misma causa y la búsqueda de un mismo fin: La justicia en los menores de edad.
El artículo 12 de la Constitución Española establece: “Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años”. Es decir, hasta los 18 años son menores. ¿Y qué hacemos cuando un menor comete conductas delictivas? Aplicarle, entonces, la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

Dicha Ley está hoy en tela de juicio.
Y normal. Resulta que legalmente (no justamente) un niño o niña menor de edad necesita el consentimiento de sus progenitores para someterse a una operación quirúrgica pero no lo requiere, en el caso de la menor, para abortar. Esto así a simple vista, choca. Lejos de posicionarnos en qué está bien y qué está mal (no queremos entrar en un debate político), si apelamos al sentido común, que como dijo aquél, es el menos común de los sentidos, esto no puede seguir así.

La Ley Penal del Menor data del año 2000 como se puede leer en el párrafo anterior. Y la esencia de una Ley es reflejar el sentir social de cada tiempo y adaptarse a los nuevos tiempos. Han pasado casi 10 años de aquella Ley (que para su día estaría bien) pero no hay nada de malo en plantearse su modificación pues el índice delictivo en los jóvenes hoy día no es el mismo que el de hace 10 años ni lo será dentro de 10 años más. Y las conductas tampoco son las mismas.

Las leyes se han de adaptar a nuestros tiempos (todas). Sino, no son Ley. Son escritos sin sentido. Sin justicia ni equidad. Y, claro está, la labor del Juez a la hora de interpretar, es más compleja.

¿Qué piensas?