11 de enero de 2011

NUEVO CÓDIGO PENAL

En el ámbito del derecho penal siempre se ha intentado y se seguirá haciendo, con mayor o menor éxito, adaptar las normas del Código Penal a la realidad social. Un Código penal “desfasado” puede acarrear multitud de problemas sociales por no saber evolucionar como es debido.

Desde que entrase en vigor el nuevo Código Penal el pasado 23 de diciembre de 2010 se han sucedido multitud de noticias sobre éste. Y, de hecho, muy interesantes la mayoría, pues da que pensar.

La nueva norma que a partir de ese día entrara en nuestras vidas es la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

¿Por qué si es del 22 de junio entra en vigor el 23 de diciembre? Sencillo: La disposición final séptima de la Ley (último artículo por así decirlo) establece que la Ley entrará en vigor a los 6 meses de su publicación en el BOE (Boletín Oficial del Estado).

Dicho esto, al grano. La primera noticia que leí sobre el nuevo Código Penal me impactó. Y es que, lo primero que hay que saber, es que se han reducido las penas sobre tráfico de drogas para los “pequeños narcos”, “camellos”, “muleros” y condenados por el “top-manta”. El delito, antes castigado con hasta 9 años de cárcel, ahora se reduce a un máximo de 6 años. Dada la cantidad de droga que se mueve en este país, es el único punto de la reforma donde no estoy de acuerdo.

Para que entendáis bien las claves de la nueva reforma es importante saber que los delitos de terrorismo no prescriben si causan la muerte de alguien, el top-manta ya no se castiga con pena de cárcel o que se endurecen las penas por abusos (por ejemplo, el acoso laboral podrá suponer pena de cárcel).

También el nuevo Código recoge nuevos delitos como el tráfico y trasplante de órganos humanos, el ciberacoso infantil o el acoso inmobiliario. Si bien, nada nuevo dice respecto a los menores de edad. Algo que puede interesaros es que conducir por vía urbana a 60km/h puede suponer de 3 a 6 meses de cárcel, así que, ¡ojo al volante en la ciudad!

Uno de los debates generados por la nueva reforma es la de si debe o no haberse instaurado por primera vez en nuestra democracia la cadena perpetua para determinados delitos especialmente peligrosos y en casos muy puntuales.

¿Qué os parece el nuevo Código Penal? ¿No entendéis algo? Podéis enviar dudas o sugerencias al correo: practicatuderecho@gmail.com o comentar aquí en la web.

Practica tu Derecho.

1 comentario:

Miguel Hernandez dijo...

Que tal, su articulo permite un primer acercamiento a la legislación penal de su pais, le felicito.